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MIÑO, JORGE MARTIN Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD- PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Ejecución de sentencia por intereses adeudados. La Cámara Contencioso Administrativa revocó la resolución que había diferido el pago y ordenó que la previsión presupuestaria incluya el capital de condena más los intereses hasta el efectivo pago.

Intereses Ejecucion de sentencia Ley 23 982 Prevision presupuestaria Deudas del estado Ley 11 672


- Actores: MIÑO, JORGE MARTÍN Y OTROS

¿A quién se demanda?

EN-M SEGURIDAD
- PNA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia por intereses adeudados a los actores Ocampo y Carnero.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa revocó la resolución de primera instancia que había diferido el pago de los intereses. Citando jurisprudencia de la Corte Suprema y de la propia Cámara, establece que la previsión presupuestaria debe incluir tanto el capital como los intereses hasta el efectivo pago, sin que pueda diferirse el pago de los accesorios. "En consecuencia, y de conformidad con lo sostenido por las distintas Salas de este fuero y de la Cámara Civil y Comercial Federal, la previsión presupuestaria debe ser suficiente para atender al capital de condena adeudado y las costas, con sus respectivos intereses hasta el momento del pago, ya que sólo de esa forma es posible cancelar los créditos resultantes de los reconocimientos administrativos o judiciales firmes, tal como lo dispone el artículo 22 de la Ley N°. 23.982".

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