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DIAZ, JULIO RICARDO Y OTRO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El personal de la Policía Federal Argentina promovió demanda por el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de suplementos salariales. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y reconoció dichos suplementos.

Suplementos salariales Funcion tecnica de apoyo Funcion policial operativa Caracter remunerativo y bonificable Personal de la policia federal argentina Funcion investigaciones


¿Quién es el actor?

Personal de la Policía Federal Argentina

¿A quién se demanda?

Estado Nacional

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por el reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de suplementos salariales creados por decretos 380/2017 y 491/2019 (códigos 076, 077, 078 y "función investigaciones")

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, reconociendo el carácter remunerativo y bonificable del suplemento "función investigaciones" creado por el decreto 491/2019, desde que es debido hasta la entrada en vigencia del decreto 142/2022. Asimismo, revocó la sentencia en cuanto desestimó la pretensión referente a los suplementos "función técnica de apoyo" o "función policial operativa".

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La cuestión relativa a los suplementos creados por los decretos 380/2017 y 491/2019 es sustancialmente análoga a lo resuelto en los precedentes "Favata" y "Roncaglia", donde se admitió la pretensión de la parte actora y se reconoció el carácter remunerativo y bonificable de dichos suplementos, criterio confirmado por la Corte Suprema de Justicia en la causa "Di Nanno".
- Corresponde reconocer el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos "función técnica de apoyo" o "función policial operativa" desde los dos años anteriores a la presentación de la demanda hasta la percepción del suplemento "función investigaciones".
- El art. 14 del decreto 142/2022 derogó los suplementos por "función policial operativa", "función técnica de apoyo" y "función de investigaciones" a partir del 1° de abril de 2022.
- En cuanto a las costas, las juezas Heiland y do Pico consideran que deben distribuirse por su orden, mientras que el juez Facio considera que deben imponerse a la parte demandada vencida.

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