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SILVERO, PABLO NEMESIO c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional interpuso recurso de apelación contra una intimación de pago de una condena. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la decisión y determinó que el Estado aún no está obligado a pagar, debiendo realizarse la previsión presupuestaria correspondiente.

Recurso de apelacion Estado nacional Condena Presupuesto Diferimiento de pago Reprevision de credito


¿Quién es el actor?

Pablo Nemesio Silvero

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Policía Federal Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por personal militar y civil de las FFAA y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la intimación de pago dictada en primera instancia, entendiendo que el Estado Nacional aún no está obligado a pagar, debiendo previamente realizar la previsión presupuestaria correspondiente. Señaló que una vez finalizado el ejercicio presupuestario en curso, no corresponde una nueva reprevisión del crédito reconocido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó las normas aplicables (arts. 22 Ley 23.982, 20 Ley 24.624 y 68 Ley 26.895) y la jurisprudencia de la CSJN, concluyendo que el Estado tiene la prerrogativa de diferir por única vez el pago de la condena si se agotó la partida presupuestaria, debiendo abonarse en el siguiente ejercicio. Destacó que en este caso el Estado acompañó constancia de previsión para el año 2023, por lo que la intimación no puede prosperar.

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