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VALERIO, PABLO c/ EN - M DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor promovió demanda contra el Estado por incumplimiento de obligación judicial. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo del pedido de ejecución inmediata de la condena, al considerar que aún no han vencido los plazos legales para su pago.

Ejecucion de sentencia Plazo legal Presupuesto Pago de condena Prevision legal

Ejecución del pago de liquidación judicial aprobada en 2021

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la apelación y se confirma la decisión de primera instancia que denegó el pedido de ejecución inmediata. El tribunal consideró que de acuerdo a la normativa vigente (arts. 22 Ley 23.982, 20 Ley 24.624 y 132 Ley 11.672), el Estado tiene un plazo legal para incluir la condena en el presupuesto del año siguiente, que aún no ha vencido. Si bien la parte demandada no acreditó fehacientemente la previsión presupuestaria, los plazos legales aún no han transcurrido, por lo que el actor no se encuentra habilitado para promover la ejecución forzada.

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