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ECADAT SA c/ AFIP - DGI s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La firma ECADAT SA reclamó la posibilidad de cancelar obligaciones tributarias por impuesto interno mediante compensación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia y reconoció el derecho de la empresa a extinguir las deudas por ese medio.

Compensacion Proceso contencioso administrativo Obligaciones tributarias Impuesto interno Extincion de deudas

¿Qué se resolvió en el fallo?

La firma ECADAT SA demandó a la AFIP-DGI impugnando un acto administrativo que le negó la compensación de obligaciones por impuesto interno. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda. La Cámara confirmó que ECADAT contaba con el derecho de cancelar esas deudas a través de compensación, con fundamento en que el régimen legal de los impuestos internos no prohíbe expresamente ese mecanismo de extinción de obligaciones y que la ley 11.683 sobre procedimiento tributario lo admite. La Cámara modificó la sentencia en lo relativo a la distribución de costas, las que se impusieron en el orden causado en atención a la naturaleza de la cuestión debatida.

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