Logo

SEGURA, ENCARNACION c/ M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

La actora promovió demanda por el reconocimiento del beneficio previsto en la Ley N° 24.043 por haber sido víctima de restricciones a su libertad y exilio forzoso durante la última dictadura militar. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión administrativa y ordenó el otorgamiento del beneficio por el período comprendido entre el 20 de junio de 1976 y el 10 de diciembre de 1983.

Refugiado Exilio Terrorismo de estado Restriccion de libertad Ley n 24 043 Ley n 24 906 Violaciones a derechos humanos

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Encarnación Segura, solicitó en sede administrativa que se le otorgue el beneficio de las Leyes Nros. 24.043 y 24.906 por las restricciones a su libertad y el exilio forzoso que sufrió entre 1975 y 1983. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos denegó el beneficio, por considerar que no se acreditaba una restricción a la libertad en los términos de la Ley N° 24.043 ni razones suficientes que permitieran inferir "analogía sustancial" con el precedente "Yofre de Vaca Narvaja". En la instancia judicial, la Cámara analizó las pruebas aportadas que acreditan: que la actora era abogada defensora de presos políticos y convivía con Carlos Altamira, quien fue secuestrado y desaparecido; que debió salir del país en junio de 1976 por temor fundado a su integridad física; y que en abril de 1984 fue reconocida como refugiada por ACNUR. Sobre esa base, la Cámara consideró que se encontraba acreditado el exilio de la actora por motivos políticos entre el 20 de junio de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, por lo que correspondía reconocerle el beneficio de la Ley N° 24.043 por dicho período.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar