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SOTO, MARIANA SOLEDAD c/ EN - M SEGURIDAD - PSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) reclamó que se reconozca el carácter remunerativo y bonificable de ciertos suplementos y compensaciones. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo.

Vivienda Actividad riesgosa Vestimenta Suplementos Bonificable Remunerativo Racionamiento Zona Compensaciones Policia de seguridad aeroportuaria


¿Quién es el actor?

Mariana Soledad Soto, personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA)

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- PSA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se reconozca el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos "por actividad riesgosa" (código 82) y de las compensaciones "vivienda" (código 91), "vestimenta" (código 90), "racionamiento" (código 190) y "zona" (código 88)

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Este tribunal ya se pronunció en las causas "Barrientos" y "Jaras" reconociendo el carácter remunerativo y bonificable de los suplementos y compensaciones reclamadas.
- El artículo 15 del decreto 142/2022 derogó a partir del 1° de abril de 2022 el suplemento "por actividad riesgosa".
- Los suplementos y compensaciones deben ser liquidados conforme a los lineamientos establecidos por la Corte Suprema en la causa "Ramirez".
- Las costas se distribuyen en el orden causado.

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