PIRIS RICARDO RUBEN Y OTROS c/ EN-M° JUSTICIA-PFA-DTO 1866/83 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El Estado Nacional apeló una sentencia que ordenó llevar adelante la ejecución de un crédito. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia.
- Actores: PIRIS RICARDO RUBEN Y OTROS
¿A quién se demanda?
ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE JUSTICIA
- POLICÍA FEDERAL ARGENTINA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de sentencia
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación del Estado Nacional y confirmó la resolución que ordenó llevar adelante la ejecución de la sentencia por $70.002,13 más intereses y costas.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- El Estado debe cumplir con los plazos de las leyes 23.982 y 11.672 para incluir en el presupuesto las obligaciones reconocidas judicialmente, sin que ello impida la ejecución forzada una vez vencidos dichos plazos.
- El artículo 19 de la Ley 24.624 sobre inembargabilidad de los fondos públicos no puede aplicarse de manera mecánica, debiendo armonizarse con las previsiones de las leyes 23.982 y 24.624 que habilitan la ejecución una vez agotados ciertos plazos.
- La aplicación generalizada del artículo 19 de la Ley 24.624 frustraría los derechos de los acreedores con sentencias firmes, lo cual no es la intención del legislador.
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