ALVAREZ LAREO ANA MARIA Y OTROS c/ EN-M° EDUCACION-LEY 25053 Y OTROS s/EMPLEO PUBLICO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal Sala II modifica la regulación de honorarios de los abogados y el perito contable intervinientes en una demanda contra el Estado por empleo público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente fallo resuelve los recursos interpuestos contra la regulación de honorarios realizada en primera instancia. La Cámara, en virtud de las pautas establecidas por la CSJN, modifica los montos de los honorarios regulados:
- Reduce los honorarios de los Dres. Anibal Eduardo Julio Señorans Lowry y Jorge Hector Señorans, abogados de la parte actora, por las etapas procesales cumplidas bajo la ley 21.839.
- Fija nuevos honorarios para el Dr. Jorge Hector Señorans, abogado de la actora, por las tareas realizadas bajo la ley 27.423.
- Eleva los honorarios del perito contador Juan Carlos Santos, en proporción a los de los demás profesionales, según la liquidación aprobada.
- También regula los honorarios del Dr. Jorge Hector Señorans por las tareas realizadas en la alzada.
El tribunal se funda en la doctrina de la CSJN que indica que la regulación de honorarios debe atender a la naturaleza, importancia y mérito de la labor profesional, y no sólo al monto del juicio. Asimismo, aplica la normativa arancelaria vigente en cada etapa procesal.
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