BESSIA CENTER SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA-SIMI 246006F Y OTROS s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, aclaró error material en resolución anterior sobre los honorarios de los letrados apoderados de las codemandadas.
¿Quién es el actor?
BESSIA CENTER SA
- Demandados: EN
- M DESARROLLO PRODUCTIVO -SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA -SIMI 246006F Y OTROS, AFIP
- DGA, BCRA
- Objeto de la demanda: Proceso de conocimiento
- Decisión del tribunal: La Cámara aclaró que en la resolución del 02/05/2023 se incurrió en un error material al consignar los nombres de los letrados de las codemandadas AFIP-DGA y BCRA. En lugar de Carla Gabriela Corsetti y María Celeste Maero, debe leerse Francisco Eugenio Crosetti y María Celeste Maero.
"En tales condiciones, se aclara que donde se refiere en el tercer parrafo, "… corresponde regular en las sumas de PESOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($22.399,50) –equivalente a 1,5 UMA, para cada uno–; los honorarios de los DRES. FRANCISCO EUGENIO CROSETTI y MARIA CELESTE MAERO, por su actuación como letrados apoderados, respectivamente, actuantes en la defensa de las codemandadas AFIP
- DGA y BCRA…".
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