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OYOMEK ORLANDO ANGEL Y OTROS c/ EN-AFIP-DGI s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Jubilados de Gendarmería Nacional reclaman excepción de pago de Impuesto a las Ganancias. La Cámara revoca decisión de incompetencia y ordena remitir las actuaciones a primera instancia.

Impuesto a las ganancias Gendarmeria nacional Jubilados Incompetencia territorial Competencia por domicilio fiscal

Declaración de inconstitucionalidad del artículo 79, inciso "c" de la Ley N° 20.628 (Dto. 649/97) que establece el pago del Impuesto a las Ganancias sobre los haberes de retiro/pensión, orden de prohibición de descuentos futuros y reintegro de lo descontado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la decisión de incompetencia territorial y ordena remitir las actuaciones al juzgado de primera instancia para que evalúe la competencia en función del domicilio fiscal de los contribuyentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara considera que la competencia debe determinarse por el lugar de cumplimiento de la obligación (domicilio fiscal del contribuyente). Además, indica que la remisión a otro fuero solo puede ser decidida por la Corte Suprema de Justicia.

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