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KROM CHRISTIAN EZEQUIEL/ ALICIA CRISTINA TONELLO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó los honorarios regulados a favor de los letrados de la parte actora.

Danos y perjuicios Apelacion Honorarios profesionales Camara contencioso administrativa federal


¿Quién es el actor?

Krom Christian Ezequiel y Alicia Cristina Tonello y otro

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y otros
- Objeto de la demanda: Daños y perjuicios
- Decisión del tribunal:
- Confirma los honorarios regulados a favor de Alicia Cristina Tonello, Débora Patricia Bruna y la perito Mónica Liliana Debenedetti.
- Eleva los honorarios de la Dra. María Mónica González Vivero a $470.348,98 para las dos primeras etapas y a $490.399,72 para la tercera etapa.
- Eleva los honorarios del Dr. Alejandro Ángel Mano a $144.240,34.
- Eleva los honorarios de la Dra. María Mónica González Vivero por la incidencia resuelta a $112.883,75.
- Regula los honorarios de la Dra. María Mónica González Vivero por la labor en la instancia de apelación en 14,78 UMA, equivalente a $220.709,74.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde -por un lado
- confirmar los estipendios regulados a favor de los Alicia Cristina TONELLO y Débora Patricia BRUNA, como así también de la perito Sra. Mónica Liliana DEBENEDETTI, por resultar ajustados a derecho, puesto que solo fueron recurridos por altos, lo cual determina el rechazo del recurso entablado por la demandada en este punto. Por otro lado, con relación a los emolumentos de los restantes letrados, corresponde: (i). Elevar los honorarios regulados a la Dra. María Mónica GONZÁLEZ VIVERO a la suma de $470.348,98; en atención a su carácter de letrada patrocinante en las 2 primeras etapas del proceso (...) (ii) Por su parte, en lo relativo a la incidencia resuelta en fecha 24/05/2017 corresponde elevar los honorarios a la suma de $112.883,75 (...) (iii) Elevar los honorarios regulados al Dr. Alejandro Ángel MANO a la suma de $144.240,34; en atención a su representación en doble carácter en la primera etapa del proceso (...)"

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