MARTIREN, AGUSTINA c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - LEY 24521 s/AMPARO POR MORA
La Cámara Contencioso Administrativa Federal eleva y fija los honorarios del abogado patrocinante de la parte actora por la labor realizada en primera y segunda instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La presente sentencia resuelve lo referente a la regulación de honorarios del Dr. Martín Iglesia, letrado patrocinante de la parte actora Agustina Martiren, en la demanda por amparo por mora promovida contra la Universidad de Buenos Aires. La Cámara eleva y fija los honorarios del Dr. Iglesia en 7 UMA (equivalentes a $104.531) por la labor realizada en primera instancia, y en 0,7 UMA (equivalentes a $10.453) por la labor cumplida ante la Alzada, indicando que dichos montos se encuentran a cargo de la parte demandada. Aclara también que el monto de los honorarios no incluye el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá ser depositado adicionalmente por la obligada.
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