ALBANESE, JUAN CARLOS (SUMARISIMO) Y OTRO c/ EN-AFIP s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Jubilados reclamaron inconstitucionalidad de normas sobre Impuesto a las Ganancias. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad y ordenó el cese de retenciones.
Inconstitucionalidad de los artículos 23, 79, 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que establecen el gravamen sobre jubilaciones y pensiones.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas y ordenó el cese de la retención y devolución de lo descontado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara se remitió al precedente "García" de la CSJN, que sostuvo que la sola capacidad contributiva es insuficiente para gravar jubilaciones, debiendo considerarse la vulnerabilidad del colectivo de jubilados y pensionados. Dado que los actores son adultos mayores de 80 años, corresponde aplicar el criterio de la CSJN.
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