Recurso Queja Nº 1 - BAIRES FLOORING SAS c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION EXTERNA Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
Rechazo de queja contra denegación de apelación de medida cautelar por monto inferior al establecido legalmente
¿Quién es el actor?
BAIRES FLOORING SAS
¿A quién se demanda?
EN -M° DESARROLLO PRODUCTIVO Y OTRO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medida cautelar autónoma
¿Qué se resolvió?
Se desestima la queja deducida por la Dra. Montenegro, por resultar improcedente la apelación interpuesta contra la providencia que ordenó la intimación a la demandada a informar el plazo estimativo de depósito del 50% de los honorarios regulados, por encontrarse por debajo del monto mínimo establecido legalmente para apelar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El art. 56 de la Ley 27.423 de Honorarios de Abogados establece que la regulación de honorarios es apelable independientemente de su monto. Sin embargo, en el caso, no se discute una regulación de honorarios sino una cuestión relativa a su ejecución, la cual no se encuentra alcanzada por dicha previsión legal especial. Por lo tanto, resulta aplicable el art. 242 del CPCCN, que establece la inapelabilidad de resoluciones por montos inferiores a $300.000. Al ser la intimación por el depósito de un monto sensiblemente menor a dicho parámetro, corresponde desestimar la queja.
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