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REPETTO, RAMIRO GONZALO c/ M JUSTICIA Y DDHH s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

El actor promovió demanda para recibir indemnización conforme la Ley 24.043. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, reguló los honorarios de los letrados de la parte actora por su actuación en el trámite del recurso extraordinario.

Recurso extraordinario Indemnizacion Honorarios Iva Ley 24 043


¿Quién es el actor?

RAMIRO GONZALO REPETTO

¿A quién se demanda?

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por aplicación de la Ley 24.043

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, reguló los honorarios de los Dres. María Lucrecia Lambardi y Eugenio Marcelo Guillermo Spota, patrocinante y apoderado de la parte actora, respectivamente, por un total de $12.000 y $4.800 por su actuación en el trámite del recurso extraordinario. Asimismo, determinó que el importe del IVA integra las costas y debe adicionarse a los honorarios si los profesionales son responsables inscriptos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"atento el mérito, calidad, eficacia y extensión de los trabajos relacionados con la contestación del traslado del recurso extraordinario deducido por la accionada, corresponde regular en la suma de PESOS DOCE MIL ($12.000) y PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($4.800) los honorarios de los DRES. MARIA LUCRECIA LAMBARDI y EUGENIO MARCELO GUILLERMO SPOTA, por su actuación en el carácter patrocinante y apoderado de la actora, respectivamente (arts. 6, 7, 9, 14, 37, 38,59 y ccdtes. de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432)."

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