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DEMEYER, ERNESTO RICARDO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor promovió demanda para que se declare la inconstitucionalidad de normas que gravan con Impuesto a las Ganancias sus haberes jubilatorios. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

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Declaración de inconstitucionalidad de los artículos 23, inc. c; 79, inc. c; 81 y 90 de la ley 20.628 y art. 7 de la ley 27.617, que gravan con Impuesto a las Ganancias los haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Se declaró la inconstitucionalidad de las normas impugnadas y se ordenó a la AFIP que se abstenga de retener el impuesto y le reintegre los montos retenidos desde los 5 años anteriores a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara aplicó la doctrina sentada por la CSJN en el precedente "García, María Isabel", en el que se declaró la inconstitucionalidad de esas normas por vulnerar la situación de vulnerabilidad de los jubilados. Señaló que si bien la Ley 27.617 modificó los mínimos no imponibles, ello no altera la situación del actor, ya que las circunstancias analizadas por la Corte Suprema no han variado. Respecto a los intereses, resolvió que deben computarse desde la interposición de la demanda, por tratarse de una persona de avanzada edad.

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