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TULA, LUIS ALBERTO Y OTROS c/ EN-M SEGURIDAD-PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado fue demandado por incumplimiento de pago de crédito laboral. La Cámara de Apelaciones dejó sin efecto el embargo decretado en primera instancia al considerar que aún no había vencido el plazo legal para el pago.

Intereses Ejecucion Estado Ley 23 982 Credito laboral Diferimiento de pago


¿Quién es el actor?

Tula, Luis Alberto y otros

¿A quién se demanda?

EN-M Seguridad-PFA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de crédito laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones revocó la medida de embargo dispuesta en primera instancia, al considerar que no había vencido aún el plazo legal para que el Estado realice el pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El crédito a favor de los actores fue aprobado el 03/03/2021, por lo que de acuerdo al art. 22 de la Ley 23.982, el Estado contaba con hasta el 31/12/2023 para realizar el pago.
- Conforme la jurisprudencia de la Corte Suprema (caso "Curti"), el Estado puede diferir el pago por única vez cuando se agota la partida presupuestaria prevista, lo que en este caso implica que el pago debe hacerse a más tardar en 2023.
- Mientras no se cancele el crédito, seguirán devengándose los respectivos intereses.
- No corresponde admitir la ejecución forzada, pero el Estado deberá abonar el capital más intereses cuando realice el pago.

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