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SYPHON SA (TF 35785-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La empresa Syphon SA promovió recurso de apelación contra la decisión del Tribunal Fiscal de la Nación que le ordenaba la devolución de derechos antidumping. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la sentencia y estableció que los intereses deben calcularse aplicando la tasa pasiva promedio del BCRA.

Tasa de interes Recurso de apelacion Razonabilidad Devolucion Derechos antidumping Tasa pasiva promedio


¿Quién es el actor?

Syphon SA

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Devolución de derechos antidumping

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia del Tribunal Fiscal y estableció que los intereses a devolver deben calcularse aplicando la tasa pasiva promedio del BCRA hasta la entrada en vigencia de la Resolución N° 598/19 del Ministerio de Hacienda. La Cámara fundamentó que mantener la tasa del 6% anual fijada en la Resolución N° 314/04 resulta irrazonable, ya que no acompaña los cambios en las condiciones económicas generales del país, menoscabando el derecho de propiedad del contribuyente que pagó indebidamente. Citó jurisprudencia concordante de otras Salas de la Cámara Contencioso Administrativa Federal.

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