D. C., G. A. c/ EN-AFIP-LEY 27605 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La AFIP apeló el rechazo del planteo de improcedencia de la vía judicial formulado por la actora. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el pronunciamiento de primera instancia.
¿Quién es el actor?
D.C.G.A.
¿A quién se demanda?
AFIP (Fisco Nacional)
- Objeto de la demanda: Acción declarativa de inconstitucionalidad de la Ley 27.605 (Aporte Solidario y Extraordinario)
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la apelación del Fisco Nacional y se confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado el planteo de improcedencia de la vía judicial formulado por la AFIP. El tribunal señaló que se verificaban los requisitos para la procedencia formal de la acción declarativa, ya que "el interrogante sobre si la norma o actos cuestionados son acordes o no a los preceptos de la Carta Magna… configura la situación de incertidumbre que requiere el artículo 322 del código de rito". Además, agregó que "el control de constitucionalidad de las normas es competencia exclusiva de los jueces que integran el Poder Judicial" y que, por tal razón, la vía administrativa no resultaba idónea para tratar tal pretensión. En cuanto a los argumentos del Fisco Nacional, el tribunal consideró que "la notificación al contribuyente de la Orden de Inspección n° 1929779 –en que se individualizó expresamente el "impuesto" y período a fiscalizar– y su respectivo requerimiento —mediante el que se le solicitó la documentación necesaria para llevar a cabo tal labor— dan cuenta de una actividad concreta del Fisco Nacional que, en forma actual y directa, pone en potencial peligro los derechos de la accionante, lo que permite tener por configurada la existencia de un acto en ciernes".
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