ENRE c/ CENTRAL PIEDRA BUENA SA s/PROCESO DE EJECUCION
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la regulación de honorarios practicada, y reguló honorarios de la parte ejecutada en el proceso de ejecución.
¿Quién es el actor?
ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad)
¿A quién se demanda?
CENTRAL PIEDRA BUENA SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de ejecución
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modificó la regulación de honorarios de los abogados de la parte actora, fijándolos en 2,12 UMAs y 1,17 UMAs, respectivamente. Asimismo, confirmó la regulación de honorarios practicada en primera instancia y reguló los honorarios de los abogados de la parte ejecutada en 0,09 UMAs y 0,21 UMAs, respectivamente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara modificó la regulación de honorarios en atención a la naturaleza del proceso, el resultado obtenido y la labor cumplida por los letrados. Confirmó la regulación de primera instancia por haber sido efectuada conforme a derecho, y reguló los honorarios de los abogados de la parte ejecutada en la forma en que fueron impuestas las costas en la resolución anterior.
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