CASASNOVAS, MARIA MERCEDES Y OTRO c/ CPACF (EX 30370/18) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
Los abogados apelantes promovieron recurso de apelación contra la sanción de multa impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción disciplinaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Los actores, los abogados María Mercedes Casanovas y Sergio Elías Huberman, fueron sancionados por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal con una multa, por haber negado la existencia de pactos de cuota litis que luego intentaron hacer valer.
- Los abogados apelaron la sanción, alegando prescripción de la acción disciplinaria e inconstitucionalidad del artículo que establece el cómputo del plazo prescriptivo.
- La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción impuesta. Consideró que no había operado la prescripción, ya que el plazo se había interrumpido por los actos del procedimiento disciplinario. Además, desestimó el planteo de inconstitucionalidad.
- En cuanto al fondo, la Cámara entendió que la conducta de los abogados, al negar la existencia de los pactos de cuota litis y luego intentar hacerlos valer, configuró una falta grave a los deberes éticos de la profesión.
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