ROMERO MONTERO, FRANCO EZEQUIEL c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES-LEY 24521 s/AMPARO POR MORA
Regulación de honorarios por trámite de amparo contra la Universidad de Buenos Aires. La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica el monto de los honorarios fijados en primera instancia.
¿Quién es el actor?
ROMERO MONTERO, FRANCO EZEQUIEL
¿A quién se demanda?
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo por mora contra la Universidad de Buenos Aires
¿Qué se resolvió?
La Cámara modifica la regulación de honorarios fijada en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para la regulación de honorarios debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido y la complejidad de los intereses en juego.
- No se debe aplicar automáticamente porcentajes arancelarios, sino realizar un análisis y evaluación de la tarea encomendada a los profesionales.
- El valor del juicio no es la única base computable para la regulación de honorarios, debiendo ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- Corresponde remitirse a los incisos b) a g) del art. 16 de la Ley de Aranceles, fijando los honorarios del Dr. Martín Iglesia, patrocinante de la actora, en $116.028 (6 UMA) por la labor en primera instancia y $19.338 (1 UMA) por la actuación en alzada.
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