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PRELLEZO, GUSTAVO DANIEL (CA 30931/19) c/ COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE CAPITAL FEDERAL s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

El abogado Prellezo promovió demanda contra su exclusión de la matrícula por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la decisión del Tribunal de Disciplina que dispuso la exclusión.

Non bis in idem Matricula profesional Abogacia Condena penal Procedimiento disciplinario

Impugnación de la decisión del Tribunal de Disciplina que lo excluyó de la matrícula profesional

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia del Tribunal de Disciplina y dejó sin efecto la sanción de exclusión impuesta al abogado Prellezo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La conducta reprochada a Prellezo no se desarrolló en el ejercicio de la profesión de abogado, sino que dio lugar a una condena penal previa a su matriculación. Por lo tanto, excede la competencia del Tribunal de Disciplina.
- La exclusión de la matrícula no puede basarse en una condena penal anterior a la obtención de la matrícula, sino que el Colegio debe evaluar esos antecedentes al momento de la admisión.
- No se acreditó que Prellezo haya sido excluido de la matrícula de otro Colegio de Abogados por sanción disciplinaria, lo cual sería un impedimento legal para ejercer en la Capital Federal.

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