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CNRT-RESOL 1770/08 (EXPTE S01: 79796/10) c/ AMERICA LATINA LOGISTICA CENTRAL SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la regulación de honorarios provisorios del perito ingeniero ferroviario.

Incidente Ley 27 423 Honorarios periciales Iva Perito ingeniero ferroviario Acordada csjn 19 23

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió hacer lugar al incidente para confirmar la regulación de honorarios provisorios del Sr. Perito Ingeniero Ferroviario Ricardo Carlos Obon, por considerar que la misma resulta ajustada a derecho, de conformidad con lo establecido en los arts. 16, 20, 21 y concordantes de la Ley N° 27.423 y la Acordada CSJN 19/23. Además, aclaró que los importes establecidos no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, por lo que la obligada deberá depositarlo junto con los honorarios.

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