JOURDAN, GABRIEL ALEJANDRO c/ CPACF (EX 31190/19) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal sancionó a un abogado por incumplir deberes inherentes al ejercicio de la profesión. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, al considerar probada la omisión del letrado en dar cumplimiento a lo ordenado judicialmente.
¿Quién es el actor?
María Fernanda Rosales Vázquez
¿A quién se demanda?
Gabriel Alejandro Jourdan, abogado
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Sanción disciplinaria impuesta por el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) al abogado Dr. Jourdan por incumplir deberes inherentes al ejercicio de la profesión.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la sanción de "Llamado de Atención" impuesta al Dr. Jourdan por el CPACF.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal considera probado que el Dr. Jourdan omitió dar cumplimiento a lo ordenado judicialmente en el marco de un expediente de amparo que patrocinaba, lo que provocó el archivo de las actuaciones. Esta conducta omisiva vulnera deberes de celo, saber y dedicación que el abogado debe observar en el desempeño de su profesión.
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