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BOLEAS, ALEJANDRO Y OTROS c/ EN - AFIP - LEY 20.628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Contribuyentes de la tercera edad reclaman la exención del impuesto a las ganancias sobre sus jubilaciones. La Cámara acoge el reclamo parcialmente y ordena el reintegro de las retenciones de los últimos 5 años.

Prescripcion Reintegro Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Tercera edad Jubilaciones

Declaración de inconstitucionalidad de los artículos 79 inc. c, 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que gravan las jubilaciones

¿Qué se resolvió?


- Se hace lugar a la demanda de Igounet y se declara la inconstitucionalidad de las normas impugnadas respecto de él, ordenando suspender las retenciones y reintegrar los montos retenidos.
- Se hace lugar parcialmente a la demanda de Melle, reconociendo su situación de vulnerabilidad por edad avanzada.
- Se rechaza la demanda de Boleas, por no acreditar su condición de vulnerabilidad.
- Se ordena el reintegro de las retenciones de los últimos 5 años, conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema en "García, María Isabel".

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema en "García, María Isabel" estableció que la sola capacidad contributiva es insuficiente para gravar las jubilaciones, debiendo considerarse también la situación de vulnerabilidad de los jubilados.
- Igounet y Melle acreditaron encontrarse en situación de vulnerabilidad por su avanzada edad, correspondiendo hacer lugar a su reclamo.
- Boleas no logró acreditar su condición de vulnerabilidad, por lo que corresponde rechazar su demanda.
- Procede el reintegro de los últimos 5 años no prescriptos, conforme a la Ley 11.683.

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