LIMA MARIO ENRIQUE c/ EN-M§ DEFENSA- EJERCITO -Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor reclamó el pago de intereses vencidos en una ejecución de sentencia contra el Estado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la orden de pago de los intereses liquidados.
Pago de intereses vencidos en ejecución de sentencia
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la orden de pago de los intereses liquidados por $58.863,54, desestimando el recurso de apelación de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema estableció que para la cancelación de condenas firmes sujetas al procedimiento del art. 170 de la Ley 11.672, el Estado debe prever presupuestariamente el capital y los intereses hasta el efectivo pago, bajo pena de frustrar los fines de dicha norma.
- En este caso, los intereses reclamados ya habían vencido los plazos previstos en los arts. 22 de la Ley 23.982 y 170 de la Ley 11.672, por lo que corresponde hacer lugar a la ejecución forzada.
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