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MARTINEZ, ARIEL NICOLAS c/ EN - M JUSTICIA Y DDHH - SPF - DTO 586/19 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor impugnó un acto del Servicio Penitenciario Federal. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma que no es necesario agotar la vía administrativa previa para demandar a organismos de seguridad.

Recurso de apelacion Servicio penitenciario federal Fuerzas armadas y de seguridad Contencioso administrativo Agotamiento de la via administrativa


¿Quién es el actor?

Ariel Nicolás Martínez

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Servicio Penitenciario Federal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de acto del Servicio Penitenciario Federal

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma la decisión de primera instancia que rechazó la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa previa interpuesta por el Servicio Penitenciario Federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema de Justicia ha establecido que los requisitos de admisibilidad de la acción contencioso administrativa previstos en la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos no son aplicables en el ámbito de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, entre las que se encuentra el Servicio Penitenciario Federal.
- La interpretación de la demandada sobre la aplicabilidad de la Ley N° 19.549 no es compatible con el criterio sentado por la Corte Suprema.
- Dado que la conducta del Estado torna ineficaz el procedimiento administrativo previo, corresponde confirmar el rechazo de la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa.

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