PIÑERO, JESICA VANESA Y OTRO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Trabajadores de Policía Federal reclaman que suplementos salariales sean considerados bonificables. Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal modifica sentencia de primera instancia y determina que los suplementos deben ser incluidos en el haber mensual con carácter bonificable.
Que se incorporen en el "haber mensual" de los actores, con carácter bonificable, los suplementos "función técnica de apoyo" y "función policial operativa" creados por el Decreto Nº 380/17.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechaza el recurso de apelación del Estado Nacional y hace lugar al recurso de apelación de la parte actora, revocando la sentencia de primera instancia en lo que respecta al carácter bonificable de los suplementos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Cita los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación "Di Nanno, Camilo" y "Novella, María Florencia" en los que se sostuvo que dichos suplementos deben tener carácter bonificable. Además, señala que el Decreto N° 142/22 derogó los suplementos a partir del 1° de abril de 2022, por lo que el reconocimiento de su carácter bonificable estará sujeto a esa limitación temporal.
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