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BLANCO AZCARATE, ROBERTO MARTIN Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores, personal civil de inteligencia, reclamaron que los suplementos salariales otorgados al personal militar en actividad a través de los decretos 1305/12 y 1306/12 sean considerados remunerativos y bonificables para el cálculo de sus haberes. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal modificó la sentencia de primera instancia y acogió parcialmente la pretensión.

Remuneracion Fuerzas armadas Ley 19 101 Suplementos Decreto 1305 12 Decreto 1306 12 Decreto 1088 03 Personal civil de inteligencia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Los actores, en su carácter de Personal Civil de Inteligencia (PCI) dependientes del Estado Mayor General de la Armada, promovieron demanda contra el Estado Nacional
- Ministerio de Defensa a fin de que se declare el carácter remunerativo y bonificable de los incrementos salariales otorgados al personal militar en actividad a través de los decretos 1305/12 y 1306/12, para que tales sumas sean incluidas en el cálculo de sus haberes mensuales. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda. En apelación, la Cámara confirmó la procedencia de la acción, pero estableció que los suplementos creados por el decreto 1305/12 deben ser considerados remunerativos y bonificables para determinar la "remuneración base" del PCI, de conformidad con lo dispuesto en el art. 28 del decreto 1088/03 y el art. 5 del decreto 1306/12. Los jueces consideraron que dichos suplementos revisten carácter general y no particular, por lo que deben ser computados en el "haber mensual" del personal militar que integra la base de cálculo de las remuneraciones del PCI.

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