RIVERO, DOMICIANO ARGENTINO c/ EN-M JUSTICIA DDHH-LEY 24043 s/AMPARO POR MORA
Amparo por mora presentado por exiliado durante última dictadura militar. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el plazo perentorio otorgado a la Administración para dictar la resolución.
¿Quién es el actor?
Domiciano Argentino Rivero
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo por mora para que se dicte resolución en expediente de solicitud de beneficios por exilio durante última dictadura militar (Leyes Nros. 24.043 y 25.985).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo, ordenando al Ministerio que dicte resolución en el plazo de 15 días. Fundamentó que el Ministerio había dejado vencer los plazos razonables sin resolver, y que los argumentos de la Administración sobre la complejidad de los expedientes y su capacidad operativa no justifican la demora. Rechazó el agravio del plazo de 15 días por no estar suficientemente fundado que resulte irrazonable. "Esta Sala ha dicho que la Administración tiene el deber jurídico de pronunciarse expresamente frente a las peticiones de los particulares. Este deber de decidir en cada caso concreto –que proviene de un principio que trasciende el marco del derecho público escrito– surge claramente del artículo 7° inciso c) de la Ley N° 19.549, que establece que "deben decidirse todas las peticiones formuladas" ya que frente al derecho de petición, garantizado por el artículo 14 de la Constitución Nacional, se encuentra la obligación de resolver por la Administración Pública".
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