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EL CAMINO FILIAL ARGENTINA c/ EN-AFIP s/AMPARO LEY 16.986

El culto religioso El Camino Filial Argentina promovió demanda de amparo contra la AFIP para que se habilite la ampliación de su capacidad económica financiera y pueda importar artículos de divulgación religiosa. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que ordenó a la AFIP habilitar a la entidad religiosa a iniciar los trámites de importación.

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Que se declare la nulidad del rechazo de AFIP a la solicitud de ampliación de la capacidad económica financiera para importar artículos de divulgación religiosa.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo y ordenó a AFIP habilitar a la entidad religiosa a iniciar los trámites de importación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El juez consideró que el rechazo de AFIP lució inmotivado, ya que la entidad había aportado documentación que prima facie permitía descartar la ilicitud de los fondos. AFIP debió brindar explicaciones circunstanciadas sobre los motivos del rechazo, máxime cuando había opiniones contradictorias de los funcionarios. Además, el monto a importar era exiguo y los artículos se vinculaban exclusivamente a la divulgación religiosa.

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