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PEREZ, LUIS GUILLERMO c/ EN s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo que fue declarada abstracta. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la imposición de costas por el orden causado.

Costas Amparo Abstraccion de la accion Ley 16 986 Canje de deuda publica


¿Quién es el actor?

Luis Guillermo Pérez

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo

¿Qué se resolvió?

La jueza de primera instancia declaró abstracta la acción de amparo iniciada por el actor, ante su adhesión al canje voluntario de deuda pública. Impuso las costas por el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 14 de la Ley 16.986 establece que no habrá condena en costas si antes del plazo fijado para la contestación del informe del art. 8, cesara el acto u omisión en que se fundó el amparo.
- En el caso, el actor adhirió al canje de deuda y solicitó la declaración de abstracción de la acción, con anterioridad a la producción del informe del art. 8.
- Por lo tanto, corresponde confirmar la imposición de costas por el orden causado, de acuerdo a lo previsto en el art. 14 de la Ley 16.986.

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