JUST US SA c/ EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA--DJCP 20222 E2DED Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Empresa demanda al Estado por medida cautelar. La Cámara revoca la decisión de primera instancia y declara innecesario el traslado del pedido de desistimiento.
¿Quién es el actor?
JUST US SA
¿A quién se demanda?
EN-M DESARROLLO PRODUCTIVO-SECRETARIA INDUSTRIA ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL EXTERNA--DJCP 20222 E2DED
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso de conocimiento contra medida cautelar
¿Qué se resolvió?
La Cámara hace lugar al recurso de apelación interpuesto por la parte actora, revoca la providencia de primera instancia que ordenaba dar traslado del pedido de desistimiento, y declara que al no haberse notificado la demanda, no es necesaria la conformidad del demandado para que prospere el desistimiento. Los jueces señalan que el art. 304 del CPCCN establece que cuando el actor desiste del proceso después de notificada la demanda, se debe requerir la conformidad del demandado. Pero en este caso, al no haberse notificado la demanda, el proceso no se encuentra bilateralizado, por lo que no corresponde sustanciar el pedido de desistimiento. El juez Gallegos Fedriani emitió voto disidente, considerando que al presentarse el Estado Nacional para controvertir los argumentos de la medida cautelar, el proceso se encuentra bilateralizado, por lo que correspondería rechazar el recurso de apelación y confirmar la providencia.
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