JIMENEZ SEMANATE, LORENA SOFIA c/ UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES-LEY 24521 s/AMPARO POR MORA
La Cámara Contencioso Administrativa Federal modifica el monto de los honorarios de la abogada que patrocinó a la actora en un juicio de amparo por mora contra la Universidad de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Lorena Sofía Jiménez Semanate, promovió un amparo por mora contra la Universidad de Buenos Aires. En la sentencia, la Cámara Contencioso Administrativa Federal analizó la regulación de honorarios de la abogada que patrocinó a la actora. La Cámara señaló que, para regular los honorarios, debe tenerse en cuenta la naturaleza del asunto, el art. 48 de la Ley 27.423 que fija un honorario mínimo en los procesos de amparo, y los incisos b) a g) del art. 16 de dicha ley, que establecen diversos criterios para la regulación. Atendiendo a esos criterios y a la etapa cumplida en el proceso, la Cámara redujo los honorarios del abogado a la suma de $116.028, equivalente a 6 unidades de medida arancelaria (UMA). Sobre el IVA, se estableció que integrará las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional revista la calidad de responsable inscripto. Si no lo hubiere denunciado, el plazo para el pago del tributo correrá a partir de la fecha en que lo haga.
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