FUNDACION DAICIM c/ EN- AFIP- DGI s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios fijados a los profesionales intervinientes, estableciendo una justa retribución por las tareas desplegadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente caso se trata de un recurso de apelación interpuesto contra la fijación de honorarios a los profesionales intervinientes en el proceso. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios fijados, señalando que éstos deben traducir una justa retribución de las tareas desplegadas, compatible con la dignidad en el ejercicio profesional, teniendo en cuenta la naturaleza y resultado del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional desarrollada y las etapas cumplidas. La Cámara estableció los honorarios de la dirección letrada y representación de la parte demandada, así como los del perito contador interviniente. Asimismo, se dejó constancia de que, en caso de que los profesionales acrediten su condición de responsables inscriptos frente al Impuesto al Valor Agregado, se deberá adicionar a los emolumentos fijados la alícuota correspondiente a dicho tributo.
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