GALLI, ERNESTO ENRIQUE Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Tribunal reduce honorarios de letrado patrocinante en acción contra el Estado por personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad
Acción contra el Estado por personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal, Sala II, reduce los honorarios del letrado patrocinante a la suma de $215.618,70 (equivalente a 11,15 UMA).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para la regulación de honorarios se debe ponderar la magnitud del trabajo, el grado de responsabilidad asumido, la complejidad de los intereses económicos y la contribución a la solución del pleito.
- No corresponde la mera aplicación automática de porcentajes, sino un análisis y evaluación de la tarea encomendada a los profesionales.
- El valor del juicio no es la única base para regular honorarios, los que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional.
- Teniendo en cuenta la naturaleza del asunto, el resultado, el monto del litigio y la calidad jurídica de la labor desarrollada, corresponde reducir los honorarios a la suma mencionada.
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