NEGRETE, MARIA MERCEDES c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La jubilada demandó la inconstitucionalidad de normas que le retienen el Impuesto a las Ganancias. La Cámara revocó la denegatoria de la medida cautelar y ordenó a la AFIP que se abstenga de detraer suma alguna hasta la resolución del fondo del asunto.
Declaración de inconstitucionalidad de arts. 23, 79, 81 y 90 de la Ley 20.628 de Impuesto a las Ganancias, y reintegro de sumas retenidas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la denegatoria de la medida cautelar y ordenó a la AFIP abstenerse de retener sumas por Impuesto a las Ganancias sobre los haberes previsionales de la actora, hasta resolver el fondo de la cuestión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la situación es análoga al precedente "García" de la CSJN, donde se dispuso no retener dicho impuesto a jubilados hasta que el Congreso legisle sobre el punto. Si bien la sanción de la Ley 27.617 implicó una nueva situación fáctica, ello no elimina necesariamente la vulnerabilidad de la actora, cuestión que debe analizarse en el juicio de mérito.
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