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RICHMOND, LUCAS MARTIN c/ CPACF (EXP. 29441/16) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

El abogado Lucas Martín Richmond apeló la sanción de multa impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados por infracción a los deberes éticos de la profesión. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción, considerando que el letrado había desnaturalizado su rol al representar a clientes que desconocía y cobrar indemnizaciones que no les entregó.

Recurso de apelacion Abogado Poder apocrifo Sancion disciplinaria Falta etica Deber de representacion Cobro de indemnizaciones


¿Quién es el actor?

Lucas Martín Richmond, abogado

¿A quién se demanda?

Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (CPACF)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de apelación contra la sanción de multa impuesta por el Tribunal de Disciplina del CPACF por infracción a deberes éticos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso de apelación y confirmó la sanción impuesta.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal de Disciplina sancionó al abogado Richmond por haber utilizado un poder apócrifo para cobrar indemnizaciones de clientes que desconocía.
- El abogado reconoció en la causa penal que no conocía a los clientes, que nunca los vio y que los contactos cobraban por ellos.
- La falta ética del abogado se configura más allá de que no constituya delito penal.
- No resulta aplicable el principio de non bis in ídem, ya que la sanción disciplinaria es independiente de la causa penal.
- La sanción impuesta, si bien leve, resultaba adecuada dado que el accionar del abogado desnaturalizó por completo el rol esperado de un letrado.

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