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EN - M DESARROLLO PRODUCTIVO c/ INC SA - DISPO 635/21 s/PROCESO DE EJECUCION

El tribunal confirma los honorarios establecidos para la representación legal de la parte actora en un proceso de ejecución, en virtud de los montos mínimos fijados por ley.

Incidente Ley 27 423 Orden publico Honorarios minimos Proceso de ejecucion

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el presente incidente, el tribunal resolvió confirmar los honorarios fijados para la representación letrada de la parte actora en un proceso de ejecución. El tribunal señaló que el artículo 16 de la Ley 27.423 establece de manera expresa que los jueces no podrán apartarse de los mínimos honorarios allí establecidos, los cuales revisten carácter de orden público. En este caso, el mínimo está fijado en el artículo 58, inciso b) de dicha ley. Por ello, teniendo en cuenta la naturaleza y resultado del asunto, así como la calidad y eficacia de la labor profesional desarrollada, el tribunal confirmó los honorarios de la representación y dirección letrada de la parte actora.

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