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CANO, CARLOS ENRIQUE Y OTROS c/ EN - M DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El Estado Nacional apeló la liquidación de intereses ordenada por el juez de primera instancia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la resolución al considerar que el Estado Nacional no acreditó el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Corte Suprema para diferir el pago de los accesorios.

Intereses Recurso de apelacion Corte suprema Prevision presupuestaria Acreencia Personal militar y civil


¿Quién es el actor?

Carlos Enrique Cano y otros

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de acreencias por personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y confirmó la resolución del juez de primera instancia que le ordenaba depositar la diferencia pendiente de pago de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Estado Nacional no acreditó el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Corte Suprema en el precedente "Curti" (sujeción al orden de prelación, agotamiento de partida presupuestaria y reprevisión) para diferir el pago de los accesorios.
- Según el precedente "Martínez", para la cancelación de los reconocimientos judiciales firmes, el Estado Nacional debe adoptar las medidas necesarias para que la previsión presupuestaria sea comprensiva del capital de condena y de los intereses devengados hasta su efectivo pago. Al no haber realizado dicha previsión íntegra, no puede pretender diferir el pago del saldo restante.

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