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TECNOPESCA ARGENTINA SA c/ PNA (EX 2004/18 - DISP 845/21) s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La Cámara Contencioso Administrativa Federal declara la caducidad de la instancia en el recurso directo interpuesto por Tecnopesca Argentina SA contra una disposición de la Prefectura Naval Argentina.

Caducidad de instancia Recurso directo Cpccn Inactividad procesal Prefectura naval argentina


¿Quién es el actor?

Tecnopesca Argentina SA

¿A quién se demanda?

Prefectura Naval Argentina (PNA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo contra Disposición 845/21 de la PNA

¿Qué se resolvió?

Se declara la caducidad de la instancia por inactividad procesal de más de 6 meses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El artículo 310 inc. 1° del CPCCN establece que se producirá la caducidad de la instancia cuando no se instare el curso del proceso dentro de los 6 meses.
- El plazo procesal se computa desde la última petición de las partes o resolución que impulse el procedimiento, contando los días inhábiles salvo ferias judiciales.
- En el caso, la última actuación fue la providencia del 6/3/23 ordenando correr traslado al demandado. Desde entonces y descontando ferias, transcurrieron más de 6 meses sin actividad de la parte actora.
- El pago de la tasa de justicia efectuado el 12/7/23 no es considerado como acto idóneo para interrumpir la caducidad.

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