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RUSAK JESSICA SOLEDAD ///RESERVADO/// c/ GCBA (CROMAÑON) Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora apela el monto indemnizatorio por daño moral. La Cámara confirma la sentencia de primera instancia.

Dano moral Actualizacion monetaria Intereses resarcitorios Responsabilidad extracontractual Cromanon

Daños y perjuicios

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación de la actora y se confirma la sentencia de primera instancia. Se fija en $200.000 el monto indemnizatorio por daño moral. Los jueces señalan que el daño moral se caracteriza por el padecimiento o molestias que afectan las afecciones legítimas de la víctima, y su valuación no está sujeta a cánones estrictos, correspondiendo a los jueces de la causa determinar su procedencia y cuantía. En este caso, se considera adecuado el monto de $200.000 fijado en primera instancia. Respecto a la actualización de la condena, se indica que los intereses resarcitorios aplicados cumplen con ese cometido, y que es facultad de los jueces determinar la tasa de interés aplicable, sin que se advierta arbitrariedad o irrazonabilidad en la decisión.

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