MOLINO CAÑUELAS SACIFIA (TF 56397479-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
La empresa Molino Cañuelas promovió un recurso directo contra un acto de la Dirección General de Aduanas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal admitió parcialmente el recurso de aclaratoria y aclaró ciertos aspectos de la moneda y tasa de interés aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa Molino Cañuelas promovió un recurso directo contra un acto de la Dirección General de Aduanas. La Cámara Contencioso Administrativa Federal revocó la decisión del Tribunal Fiscal y declaró inconstitucional la resolución MEyP 181/08, ordenando la devolución de diferencias de derechos de exportación. La Cámara aclaró que la devolución debe efectuarse en la misma moneda (pesos) en que fueron abonados los derechos, conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema. Respecto a los intereses, si bien la sentencia original aludió solo a la resolución MEyP 314/04, la Cámara indicó que a partir de su vigencia regirían las tasas previstas en posteriores resoluciones MH 598/19 y ME 559/22, aunque aclaró que estos intereses diferenciales en dólares no serían aplicables dado que los conceptos a devolver se expresaron en pesos.
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