ALFONZO, CEFERINO OSCAR DAVID Y OTROS c/ EN - M DEFENSA - EA - LEY 19101 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Militares reclaman diferencias en compensación por cambio de destino. La Cámara acoge parcialmente el recurso y establece que los suplementos previstos en el Decreto N° 1305/12 deben integrarse al cálculo.
Obtener el pago de las diferencias que surgieran de la reliquidación de las compensaciones por traslado ya percibidas, tomando como base el haber de "Teniente General" e incluyendo los suplementos creados por diversos decretos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando reliquidar las compensaciones por cambio de destino tomando como base el haber del "Teniente General" e incluyendo los suplementos creados por el Decreto N° 1305/12, pero limitando el reconocimiento a los pagos efectuados con posterioridad al 04/04/2017 y hasta el 30/09/2020. Asimismo, revocó lo resuelto respecto de los decretos anteriores al N° 1305/12.
- Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema consideró que los suplementos creados por el Decreto N° 1305/12 tienen carácter remunerativo y bonificable, debiendo integrar el haber militar.
- El plazo de prescripción aplicable es el quinquenal previsto en el Código Civil y Comercial.
- Las liquidaciones de haberes no constituyen actos administrativos, por lo que pueden ser revisadas judicialmente.
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