PISTORINO CELIA Y OTROS c/ TELEFONICA DE ARGENTINA SA Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Los actores promovieron demanda por la falta de emisión de bonos de participación en las ganancias. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión que condenó al Estado Nacional y a Telefónica de Argentina S.A. al pago de una indemnización.
Falta de emisión de bonos de participación en las ganancias en el marco del Programa de Propiedad Participada
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda y condenó a las co-demandadas al pago de una indemnización
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 4 del decreto 395/1992 que eximía a las licenciatarias de emitir los bonos fue declarado inconstitucional, por ir en contra de la obligación establecida en el art. 29 de la ley 23.696
- Una vez implementado el Programa de Propiedad Participada, el Estado tenía la obligación de emitir los bonos, más allá de la discrecionalidad inicial para implementarlo
- La indemnización será calculada sobre la base de un 2% de las utilidades de Telefónica en cada ejercicio, distribuida entre los actores según su coeficiente de participación accionaria
- El Estado Nacional deberá pagar los intereses desde la entrada en vigencia del decreto 395/1992 hasta que la sentencia quede firme
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