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RUIZ, HECTOR DANIEL c/ AFIP (LEY 20628) s/AMPARO LEY 16.986

Se fijan honorarios de los letrados de la demandada en el marco de un incidente de caducidad de instancia. La Cámara determina los honorarios en base a la ley 27.423.

Honorarios Incidente Ley 27 423 Caducidad de instancia Orden publico Afip


¿Quién es el actor?

HECTOR DANIEL RUIZ

¿A quién se demanda?

AFIP (LEY 20628)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo ley 16.986

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal
- Sala III fija los honorarios de los Dres. Alejandro Guillermo Repetto y Matías Hernán Remuñan en 11 UMA, equivalentes a $279.103, por la labor profesional desarrollada en el proceso finalizado mediante caducidad de instancia. La Cámara señala que el artículo 16 de la ley 27.423 establece que los jueces no podrán apartarse de los mínimos establecidos en dicha ley, los cuales revisten carácter de orden público. En el presente caso, el mínimo está dispuesto en el artículo 48 de la ley 27.423.

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