SEDAMIL SACEI c/ AFIP (EXP. 2023-00142983 2023-00143162 Y 2023-00202768) s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)
La firma Sedamil SACEI impugnó una medida cautelar que buscaba suspender los efectos de los actos administrativos que intimaron el pago de un anticipo extraordinario del impuesto a las ganancias. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión que declaró la cuestión abstracta dado que había vencido el plazo para presentar la declaración jurada del ejercicio 2022.
¿Quién es el actor?
Sedamil SACEI
¿A quién se demanda?
AFIP
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Suspender los efectos de los actos administrativos que intimaron el pago de un "anticipo extraordinario" del impuesto a las ganancias
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la resolución que declaró la cuestión abstracta, ya que al vencer el plazo para presentar la declaración jurada del ejercicio 2022, cesó la facultad de la AFIP para reclamar esos anticipos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señaló que, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 21 de la Ley 11.683, la facultad del fisco para exigir el pago de anticipos del impuesto a las ganancias cesa al vencer el plazo para presentar la declaración jurada del año al que aquellos correspondieran. En el caso, el plazo venció el 15/02/2023, por lo que resultaba inoficioso pronunciarse sobre la exigibilidad de esos anticipos. Además, respecto del anticipo N°1, la AFIP ya inició la ejecución fiscal, lo que impide que este tribunal interfiera en la jurisdicción de otro juzgado.
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