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ASSAF, ESTELA MARIA c/ EN - SEC DE DDHH - LEY 26913 - EX 43447/14 Y 145/21 s/AMPARO POR MORA

La actora promovió amparo por mora contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia que ordenó a la Administración resolver el reclamo en un plazo razonable.

Costas Honorarios Plazo razonable Amparo por mora Ley 26 913 Pension graciable


¿Quién es el actor?

Sra. Estela María ASSAF

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Objeto de la demanda: Reclamó la pensión graciable por fallecimiento de su cónyuge, contemplada en la Ley N° 26.913

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional y confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo por mora, ordenando a la Administración que resuelva el reclamo en 10 días hábiles.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Administración dejó vencer ampliamente los plazos razonables para resolver la solicitud, sin justificación válida.
- El plazo de 10 días fijado por el juez de primera instancia para que la Administración resuelva es razonable.
- Se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida.
- Se confirmaron los honorarios regulados a favor de la letrada de la parte actora.

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